La Comisión Europea ha modificado un reglamento en lo que atañe a las alusiones a denominaciones legales de bebidas espirituosas o indicaciones geográficas en la designación, presentación y etiquetado de otras bebidas espirituosas.
El Diario Oficial de la Unión Europea (UE) ha publicado este jueves ese cambio normativo, así como otro reglamento de modificación en lo que respecta al etiquetado de las bebidas espirituosas resultantes de la combinación de una bebida espirituosa con uno o varios productos alimenticios.
La primera de esas normas establece que las alusiones a las denominaciones legales previstas en una o más categorías de bebidas espirituosas e indicaciones geográficas no estarán en la misma línea que la denominación de la bebida alcohólica.
Estas alusiones figurarán en un tamaño de fuente que no sea mayor que la mitad del tamaño de fuente utilizado para el nombre de la bebida alcohólica y, cuando se utilicen términos compuestos, en un tamaño de fuente que no sea mayor que la mitad del tamaño de fuente utilizado para tales términos compuestos.
En caso de alusiones en la designación, presentación y etiquetado de bebidas espirituosas, estas deberán ir siempre acompañadas de la denominación legal de la bebida espirituosa, que figurará en el mismo campo visual que la alusión.
El segundo reglamento dicta que los términos compuestos que describan una bebida alcohólica figurarán con caracteres uniformes del mismo tipo de letra, tamaño y color; y no se interrumpirán mediante ningún elemento textual o gráfico que no forme parte de ellos.
Tampoco figurarán los términos compuestos en un tamaño de fuente que sea mayor que el tamaño de fuente utilizado para la denominación legal de la bebida alcohólica y, en los casos en que esta bebida sea espirituosa, irán siempre acompañados de la denominación legal de la bebida espirituosa, que figurará por lo general en el mismo campo visual que el término compuesto.
En ambas normas, las bebidas espirituosas que no cumplan esos requisitos pero que cumplan los de un reglamento anterior y hayan sido etiquetadas antes del 31 de diciembre de 2022 podrán seguir comercializándose hasta que se agoten las existencias.
El objetivo es, según informaron fuentes ministeriales, evitar prácticas engañosas y garantizar que los consumidores estén debidamente informados sobre la naturaleza real de las bebidas espirituosas.
Fuente: Agrodiario