Desde el 1 de octubre de 2020 entró en vigor la Norma Oficial Mexicana 051 que establece un etiquetado de advertencia al frente de los empaques. Esta primera fase de implementación consistió en colocar los sellos octagonales de advertencia para productos con exceso en calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio, así como las leyendas precautorias de edulcorantes y cafeína para el consumo por niños, sin embargo, la norma detalla algunos otros cambios para mejorar la información al consumidor, que acompañan el etiquetado de advertencia y que entran en vigor este 1 de abril.
La primera fase del etiquetado, con la entrada en vigor de los sellos de advertencia y las leyendas precautorias, ha traído un impacto positivo que ninguna otra política había logrado con la reformulación de una gran cantidad de productos para bajar su contenido de nutrimentos críticos (azúcares, grasas saturadas, sodio), con el fin de no portar advertencias o portar el mínimo número de ellas. Las mayores empresas de alimentos y bebidas ultraprocesados han reportado estas reformulaciones. Se espera que con la entrada en vigor de las siguientes fases de implementación los beneficios del nuevo etiquetado se profundicen.
Con la finalidad de hacer gradual la entrada en vigor del etiquetado y dar oportunidad a los fabricantes de productos alimenticios apegarse a la nueva disposición de la NOM-051, se estableció un plazo para ir introduciendo cambios en el empaque de manera paulatina a través de tres fases de implementación. Dentro de estos nuevos cambios, próximos a entrar, se encuentra la restricción de los personajes o elementos persuasivos en los empaques de productos con sellos de advertencia o leyenda precautoria de edulcorantes, ya que estos elementos son un gancho para que niños y niñas desarrollen preferencias por productos mal sanos.
Al respecto, Ana Munguía, investigadora del Centro de Investigación en Nutrición y Salud del Instituto Nacional de Salud Pública señala que “la medida es importante porque la regulación de la publicidad de alimentos y bebidas no saludables es considerada una de las políticas públicas más costo-efectivas para mejorar los ambientes alimentarios. La evidencia científica es clara, la publicidad de alimentos chatarra es un determinante social de obesidad”.
Entre los otros cambios que se verán en los empaques también se incluyen la prohibición de avales o respaldos de asociaciones médicas en aquellos productos que contienen uno o más sellos de advertencia por exceder los nutrimentos críticos antes mencionados.
Las declaraciones saludables, por ejemplo: “Nutritivo y delicioso”, “Para un óptimo crecimiento”, “Ayuda a una mejor nutrición” no podrán estar presente en aquellos empaques que tengan un sello de advertencia o leyenda precautoria. Mientras que las declaraciones de propiedades nutrimentales, como “Con vitaminas y minerales”, “Con menos azúcar”, que se apeguen a lo establecido en la norma, deberán regular su tamaño para hacerlas menos visibles al consumidor.
Carlos Cruz, investigador del Centro de Investigación en Nutrición y Salud del Instituto Nacional de Salud Pública menciona que “los avales por organizaciones o asociaciones de salud y las declaraciones nutrimentales constituyen una forma de proporcionar información para los consumidores, sin embargo, la falta de elementos para su regulación hizo que éstos fueran utilizados como una estrategia de publicidad, haciendo que los consumidores tengan una mayor preferencia a los productos con avales y declaraciones, pues son percibidos como más saludables cuando muchas veces no lo son. A partir de los cambios en la NOM 051 se plantea que en las etiquetas de los productos con sellos y leyendas de advertencia se limite el uso de esas estrategias. Lo anterior forma parte de las recomendaciones de distintos organismos internacionales para mejorar la información en los empaques y así, los consumidores puedan realizar elecciones de manera informada”.
También, se incluirán mejoras en la información nutrimental de los productos para brindar información más clara, la cual incluye la declaración nutrimental estandarizada en 100 g/ml para facilitar la comparación entre productos, la declaración de azúcares añadidos en la tabla nutrimental que permitirá conocer la cantidad exacta de azúcares que se añade al producto y la agrupación de los azúcares en la lista de ingredientes para que el consumidor pueda reconocer todas las fuentes de azúcares que se añaden.
Por su parte Ana Larrañaga, Coordinadora de la Coalición ContraPeso declaró: “Es importante que los consumidores sepan que los cambios en el nuevo etiquetado van más allá de los sellos de advertencia. Las modificaciones en la lista de ingredientes permiten la identificación fácil y rápida de azúcares añadidos que son dañinos para la salud metabólica y cardiovascular. Esta información no se desglosaba de manera clara antes, y conseguirlo no fue sencillo, pues nos enfrentamos a una enorme oposición de las industrias de ultraprocesados”.
A pesar de que recientemente se publicó un comunicado por parte de la Secretaría de Economía para dar a conocer que otorgarían un plazo del 1 de abril al 31 de mayo de 2021 para que los productores realicen estos cambios sin ser sancionados, muchos de productos en los puntos de venta ya cuentan con estas modificaciones en sus empaques.
Estos cambios se suman a los esfuerzos del etiquetado frontal de advertencia para brindar información más clara y veraz al consumidor y contribuyen a proteger el interés superior de la niñez y a los derechos a la información, la salud y la alimentación de los consumidores. Es necesario mantener estos esfuerzos vigentes y seguir avanzando con políticas integrales y efectivas que prioricen la salud de la población y contribuyan a la protección de los derechos humanos.
Fuente: Mundo de Hoy